El Proyecto

Rodriguez, Jaime au président, février 2003

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Por medio de este documento se establecen las bases para el proceso de desclasificación de la información sobre objetos voladores no identificados sobre el espacio aéreo de la Republica del Ecuador. Proceso de información al cual deberá de tener acceso la población ecuatoriana en lo referente a los resultados de esta investigación de una manera transparente y libre de presiones de ninguna índole. Debiendo cumplirse con un camino ordenado de desarrollo investigativo, el mismo que se ceñirá a la siguiente estructura:

  1. Deberá crearse una comisión multidisciplinaria en donde se pueda basar y sustentar el trabajo de investigación de este fenómeno, la misma que en principio debería ser conformada por personas de confianza del primer mandatario de la nación, y que representaran a cada una de la ramas de las Fuerzas Armadas, un delegado por la Comisión Anticorrupción del Congreso Nacional, un representante de la Asociación Nacional de Periodistas, un representante de la Espe, con buenos conocimientos de computación grafica y equipos multimedia. Un medico psicólogo hipno-terapeuta, une sociólogo, un representante personal del Sr. Presidente de la Nación a manera de observador, una secretaria y tres investigadores del fenómeno OVNI con una experiencia minima de diez años en la investigación de campo. Cada persona deberá ser designada directamente por la presidencia de la republica y esta una vez establecida deberá tener total libertad en sus expresiones y actos dentro de los estudios que se deberán de realizar.
    Esta comisión se reunirá los primeros lunes de cada mes en donde se sentara en actas el resumen de sus labores hasta la fecha.
    Se abrirá une pagina web en Internet denominada : www.ovnistodalaverdad.cjb.net a la misma que tendrán acceso todas las personas interesadas en la investigación de este fenómeno, lo que determinara la veracidad y transparencia de todos sus actos.
  2. Inicialmente se pondrá a consideración de esta comisión, 20 casos los mismos que representan a decir de la comunidad ufológica ecuatoriana los mos sustentados en su investigación y que resumen el todo de este fenómeno, ya que cuentan con los elementos de juicio necesarios para determinar su veracidad y estos conforman experiencias que tienen relación con el avistamiento de estas naves, el monitoreo aéreo de su trayectoria, y la relación de personas con los tripulantes de estas naves extraterrenas, ya sea voluntariamente a través de una experiencia de contacto, o involuntariamente a manera de una abducción en la que el resultado sea la colocación de implantes intra dérmicos.
  3. Cada caso será debidamente avalado por la comisión antes de su investigación con el propósito de quel el pleno de la misma tenga absoluta certeza de que el tema a investigarse será sustentado con las pruebas que para este se determinen.
    Una vez demostradas las mismas deberán tener el visto bueno unánime de la comisión tanto en su desarrollo investigativo como en su determinación que certifique la veracidad de los eventos.
    Tramite seguido se levantara un informe de cada uno de los movimientos realizados para determinar la autenticidad de los hechos, a lo que se le acompañara la resolución definitiva del mismo.
  4. La comisión es completamente adhonorem y sus miembros no recibirán remuneración alguna por la investigación a desarrollarse, únicamente podría considerarse algún presupuesto que financie las necesidades báasicas de transporte, pago de local de funcionamiento como sede y alojamiento para los miembros de dicha comisión en los casos sumamente necesarios, lo que queda a criterio del Sr. Presidente de la Republica, ya que la comisión reportara directamente al Primer Mandatario y los informes serán reservados hasta que el trabajo sea concluido y tenga la venia de la presidencia para su publicación.
  5. Esta comisión tendrá su sede principal en la ciudad de Guayaquil, siendo esta ciudad por logística de la investigación, la mas estratégicamente ubicada a nivel nacional .y tentativamente tendrá su sede en las instalaciones de el ala 22 de la Fuerza Aérea Ecuatoriana o en las oficinas de la Presidencia en esta ciudad.
  6. El Sr. Presidente de la Republica en su calidad de comandante en jefe de la Fuerzas Armadas, expedirá un decreto de libre información en lo relacionado al fenómeno OVNI y los grandes enigmas, el mismo que permitirá la libre y voluntaria expresión al respecto de sus experiencias en esta materia de todos los miembros de las Fuerzas Armadas, la Cancillería de la Republica, Dirección de Aviación Civil y cualquier otro estamento gubernamental, sin que los testimonios a receptarse se consideren como agraviantes para la hoja de vida de los funcionarios. Particular que se notificara directamente desde la Presidencia de la Republica a los Directores de Dichas Entidades.
  7. La comisión se encargara a su vez de conformar un equipo multidisciplinario para poder evacuar en el campo de la investigación, todas las dudas que pudieren surgir como producto de la racionalización de la información. Todo trabajo una vez concluido deberá ser pasado a limpio al libro de actas denominado "Informe OVNI" en el cual quedara constancia de todos los detalles de la investigación realizada, por mas mínímo que este haya sido considerado.
    Para facilitar el trabajo de investigación, se creara una línea telefónica 1-800XXXXXX a nivel nacional la misma que permitirá a la comunidad toda dar sus testimonios sobre los avistamientos OVNI las 24 horas del día.
  8. En el caso de que la comisión no pueda contrar con material y equipos suficientes para el análisis de la evidencia en nuestro país, se consultara directamente al Sr. Presidente de la Republica o a su representante si existe o no la disponibilidad de facilidades para su análisis en el exterior exclusivamente de pruebas físicas como videos, fotografías, partes materiales y otros.
    Sera permitido en los casos de falta de presupuesto recibir donaciones económicas o de otra índole. Las mismas que serán publicadas inmediatamente en la pagina Web para constancia de la comunidad.
  9. Una vez concluidas las investigaciones, las mismas que tendrán como un limite de veinte casos y una duración maxima de dos años de investigación, esta tendrá el carácter de oficial, y será protocolizada por el Sr. Presidente de la Republica, convirtiéndolo al Ecuador en el país numero catorce en aceptar oficialmente la existencia del fenómeno OVNI... o negar su existencia.
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